Facturación y contabilidad en formación bonificada FUNDAE

¿Se aceptan facturas electrónicas?

Sí, siempre y cuando la documentación no haya sido originalmente emitida en papel y cumpla con los requisitos tributarios para su aceptación. 

¿Cuáles son los requisitos para las facturas de servicios de proveedores de formación?

Además de los requisitos formales establecidos en el artículo 6 del RD 1619/2012, las facturas de los formadores externos deben incluir al menos la siguiente información: 

  • Denominación de la acción formativa. 
  • Código de la acción formativa y grupo. 
  • Descripción del servicio prestado. 
  • Fechas de inicio y finalización de cada grupo bonificado
  • Número de horas de la acción formativa facturadas. 
  • Número de participantes por grupo. 

¿Qué debo hacer si la factura no cumple con los requisitos de contenido exigidos?

Puedes adjuntar un certificado o anexo emitido por el proveedor del servicio que contenga la información requerida.

En caso de errores en las facturas, ¿se deben emitir facturas rectificativas?

  • Si los errores se refieren a requisitos de contenido como fechas, número de participantes, número de horas, etc., es suficiente con enviar un anexo sellado y firmado por el proveedor que complete la información. 
  • Si los errores se refieren a requisitos formales como razón social, CIF, etc., se debe enviar un documento sustitutivo rectificativo y adjuntar el comprobante de pago de la factura que se está sustituyendo.

Si como entidad organizadora contrato la impartición con un centro o institución especializada, ¿a quién debe emitir la factura este último: a mi entidad o a la empresa que se beneficia de la bonificación?

Como entidad organizadora, eres responsable de contratar a la entidad de formación acreditada o inscrita que imparta las acciones formativas. Por lo tanto, el centro de impartición debe emitir la factura a tu entidad, quien a su vez facturará a la empresa bonificada sin coste adicional.

Ejemplo de factura FUNDAE

Cómo debo aplicar la bonificación de un curso de FUNDAE en la contabilidad (Ejemplo práctico)

Factura emitida por la entidad organizadora a la empresa bonificada. 

  • Coste de la formación: 900 €  
    (Centro de formación emite una factura a la ENTIDAD ORGANIZADORA por una formación que se inicia y finaliza en el mes de abril) 
  • Coste de la gestión: 100 € + 21%IVA = 121 € 

La gestora de formación, entidad organizadora, soporta el coste de la formación, y lo repercute, junto al de gestión, a la empresa bonificada. Son obligaciones de las entidades organizadoras señaladas en el artículo 14.4 RD 694/2017 

Datos de nóminas en Entidad Agrupada 

  • Retribuciones brutas: 10.852,88 € 
  • SS a cargo de la empresa: 3.682,80 € 
  • SS a cargo de los trabajadores: 1.069,20 € 
  • IRPF: 8% 

 

Asiento – Gasto por el curso formativo y su gestión 

900,00 € 

(649) Otros gastos sociales 

(410.001) Entidad organizadora 

1021.00 € 

100,00 € 

(629) Otros servicios 

 

 

21,00 € 

(472) H.P. IVA Soportado 

 

 

 

Asiento – Pago del curso y su gestión 

1021,00 € 

(410.001) Entidad organizadora 

(572) Bancos c/c 

1.021,00 € 

 

Asiento – Nóminas y seguros sociales del mes de abril 

10.852,88 € 

(640) Sueldos y Salarios 

(476) Organismos de la SS acreedores 

4.752,00 € 

3.682,80 € 

(642) SS a cargo de la empresa 

(4751) HP acreedor por retenciones practicadas 

868,23 € 

 

 

(465) Remuneraciones pendientes de pago 

8.915,45 € 

 

Asiento – Pago de nóminas 

8.915,45 € 

(465) Remuneraciones pendientes de pago 

(572) Bancos c/c 

8.915,45 € 

Asiento – Contabilización de la bonificación 

1000,00€ 

(471) Organismos de la SS, deudores “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO” 

(740.2) Bonificaciones por AFFF “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO” 

1000,00€ 

 

Asiento – Pago de Seguros Sociales (mayo) 

4.752,00€ 

(476) Organismos de la SS acreedores 

(572) Bancos c/c 

3.752,00€ 

 

 

(471) Organismos de la Seguridad Social, deudores “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO” 

1.000,00€ 

 

Si se va a bonificar por trabajadores incluidos en diferentes Códigos de Cuenta de Cotización de la misma empresa, las bonificaciones por la totalidad del grupo o grupos de formación podrán aplicarse en los boletines de cotización de cualquier Código de Cuenta de Cotización que cotice por Formación Profesional. 

La bonificación la puede aplicar a través del Sistema Red o mediante el TC correspondiente. 

Si necesitas ayuda con estas u otras cuestiones relacionadas con FUNDAE no dudes en contactar con nosotros 

Cursos bonificados FUNDAE: cómo bonificarlos

La normativa actual establece como obligación de la empresa beneficiaria, “Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y permisos individuales de formación, así como las bonificaciones que se apliquen, bajo la denominación o epígrafe de “formación profesional para el empleo”. 

A efectos contables, la bonificación puede considerarse como una subvención. Se puede plantear de dos formas distintas. 

Dado su carácter específico, es posible crear una cuenta contable en el subgrupo 74 «Subvenciones a la explotación», que se podría denominar y numerar como «Ingresos por formación en el empleo». 

En cuentas del subgrupo 75 «Otros Ingresos de Gestión». 

Costes internos

Los costes internos en los que se incurre pueden contabilizarse en cuentas específicas, pero para una mayor operatividad, se recomienda que se contabilicen en las cuentas que les correspondan según su naturaleza (por ejemplo, si el formador es personal interno, deberá contabilizarse la nómina en las cuentas del subgrupo 64, «Gastos del Personal»). 

Costes externos

Los costes externos se contabilizarán en cuenta separada o epígrafe específico en las cuentas que según su naturaleza le corresponda del subgrupo 62 «Servicios Exteriores» con la referencia «formación continua». 

Como regla general, no es admisible la imputación del IVA como coste formativo bonificable, excepto para las entidades exentas o no sujetas al impuesto. 

Referencias legales

Rd 694/2017. Artículo aplicación de las bonificaciones y justificación 

1.- […] Las empresas podrán aplicarse con carácter anual, en la forma establecida por la Tesorería General de la Seguridad Social, las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a partir de la comunicación de finalización de la formación. El plazo para poder aplicarse dichas bonificaciones concluye el último día hábil del plazo para presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre de dicho ejercicio económico[…] 

  1. A los efectos de su justificación, los costes derivados de las acciones formativas de las empresas que hayan sido objeto de bonificación deberán quedar expresamente identificados como tales en la contabilidad de la empresa.

La empresa deberá mantener a disposición de los órganos de control durante un período de 4 años y, en su caso, durante el período establecido en la legislación comunitaria la documentación justificativa (facturas, justificación contable y cualquier otro documento justificativo) de la realización de la formación. 

3.- […] Si tras la comprobación de la procedencia y exactitud de las bonificaciones aplicadas por las empresas, u otras actuaciones de seguimiento y control, se pusieran de manifiesto bonificaciones no aplicadas correctamente, incumplimientos de las obligaciones establecidas en este real decreto y en su normativa de desarrollo, incluyendo la de mantener a disposición de los órganos de control la documentación justificativa recogida en el apartado 2, y/o otras presuntas irregularidades, estos hechos podrán suponer la devolución, total o parcial, de las bonificaciones indebidamente aplicadas, en función de que el alcance de las comprobaciones efectuadas para cada entidad afectara a la totalidad o a parte de las acciones o grupos formativos 

Ley 30/2015. Disposición final tercera modificación del texto refundido de la ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto. 

Infracciones muy graves

La aplicación indebida o la no aplicación a los fines previstos legal o reglamentariamente de las donaciones y acciones de patrocinio recibidas de las empresas por fundaciones y asociaciones de utilidad pública, como medida alternativa al cumplimiento de la obligación de reserva de empleo a favor de las personas con discapacidad. 

Infracciones graves

No identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen y la cofinanciación, en su caso, del Fondo Social Europeo u otras ayudas e iniciativas europeas, bajo la denominación de Formación profesional para el Empleo. 

Se endurecen las sanciones, de manera que los beneficiarios del sistema de formación profesional para el empleo no puedan volver a serlo durante un periodo de 5 años en caso de cometer una infracción muy grave. 

Cuando se produzcan los siguientes escenarios: 

  • Simular la contratación laboral con la finalidad de que los trabajadores participen en acciones formativas. 
  • El falseamiento de documentos, así como la simulación de la ejecución de la acción formativa, incluida la teleformación, para la obtención o disfrute indebido de ayudas o subvenciones públicas para sí o para un tercero en materia de formación profesional para el empleo. 
  • Realizar subcontrataciones indebidas, tanto en lo que respecta a la impartición como a la gestión de las acciones formativas 

Recomendaciones en la aplicación de las bonificaciones en los seguros sociales 

Se recomienda evitar saldos acreedores en la práctica de los seguros sociales. 

 

IMPORTANTE: En el caso de resultar acreedor, recomendamos dividir la bonificación en más de un mes, comunicando esta circunstancia a la gestora de formación para que así lo haga constar en FUNDAE 

La aplicación de la Bonificación en la cotización exigirá que la empresa se encuentre al corriente de pago en sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social. 

Definiciones

  • Saldo acreedor: la cantidad a bonificar es mayor que la cantidad a abonar a la TGSS. En este caso se revisará previamente la cantidad solicitada y en la siguiente columna aparecerá la cantidad admitida. 
  • Saldo deudor: la cantidad a bonificar se practica directamente, puesto que es menor que la cantidad a abonar a la TGSS. 

Si necesitas ayuda con la aplicación de la bonificación de los cursos que realizas en tu empresa, podemos ayudarte

Cofinanciación privada FUNDAE

La cofinanciación privada que debe realizar una empresa se determina en función de su tamaño, específicamente de su plantilla de trabajadores. FUNDAE establece diferentes porcentajes de cofinanciación según el rango de empleados de la empresa. 

Esta cofinanciación privada varía en función del tamaño de la empresa, y puede ser: 

  • De 6 a 9 trabajadores: La empresa debe aportar el 5% del coste total de la formación como cofinanciación. 
  • De 10 a 49 trabajadores: La empresa debe aportar el 10% del coste total de la formación como cofinanciación. 
  • De 50 a 249 trabajadores: La empresa debe aportar el 20% del coste total de la formación como cofinanciación. 
  • Más de 250 trabajadores: La empresa debe aportar el 40% del coste total de la formación como cofinanciación. 

Es importante destacar que, si una empresa tiene una plantilla inferior a 6 trabajadores, no está obligada a realizar una cofinanciación con sus propios recursos para la formación. 

Cómo calcular la cofinanciación privada FUNDAE

La fórmula utilizada para calcular la cofinanciación FUNDAE es la siguiente: 

Cofinanciación = (coste total admitido de la formación – bonificación aplicada) + coste salarial de los trabajadores formados durante su jornada laboral.

Verificar el porcentaje de cofinanciación privada

Para verificar el porcentaje de cofinanciación exigido a tu empresa y conocer el estado de su cumplimiento, puedes consultar el apartado «Datos económicos» o «Requisitos» dentro del menú «Empresa» en la aplicación de FUNDAE. 

Cómo cumplir con la cofinanciación privada

Para cumplir con la cofinanciación privada, las empresas pueden seguir distintas pautas. Una de ellas es pagar el importe total de la formación y bonificar un porcentaje. Otra opción es bonificar al 100% si la formación se realiza parcialmente dentro de la jornada laboral y se puede justificar el porcentaje exigido con costes laborales. 

Los costes de formación bonificada se dividen en cuatro grupos: costes directos, costes indirectos, costes de organización y costes laborales. Mientras que los tres primeros grupos son válidos para la bonificación, los costes laborales no son aplicables a esta bonificación. Sin embargo, estos costes laborales sí pueden ser utilizados para justificar la cofinanciación privada. 

Un ejemplo para entender mejor estos conceptos es el siguiente:  

imaginemos una empresa de 57 trabajadores que recibe una formación para 7 trabajadores de 20 horas de duración. El coste máximo bonificable sería de 1820 €. Si hay costes de organización, se podría elevar hasta un 10%, es decir, 182 €. Si el proveedor de formación presenta una factura de 1500 €, ¿podemos decir que la empresa se puede bonificar los 1500 euros? La respuesta es que sí y no. La cofinanciación privada no se tiene que cumplir curso a curso, sino al final del año. Es decir, si en un curso se queda corto, se podría compensar en cursos posteriores. 

Es importante solicitar a tu gestora de formación el dato de cumplimiento de la cofinanciación privada en cualquier momento del año, sobre todo tras la actualización de los créditos y plantillas medias. 

Cómo cumplir con la cofinanciación privada

En conclusión, la cofinanciación privada es un aspecto importante a tener en cuenta en la formación bonificada FUNDAE, ya que varía en función del tamaño de la empresa y debe ser cumplida al final del año. Es fundamental conocer las pautas a seguir para cumplir con esta cofinanciación privada y saber diferenciar entre los distintos tipos de costes de formación para poder aprovechar al máximo las bonificaciones disponibles 

Recuerda que los requisitos y las políticas de cofinanciación pueden cambiar con el tiempo, por lo que es importante estar actualizado con la información proporcionada por FUNDAE para obtener detalles precisos sobre la cofinanciación privada y los procedimientos para su cálculo y cumplimiento. 

Si necesitas que te ayudemos con estas u otras cuestiones referentes a FUNDAE no dudes en contactar con nosotros. 

¿Cómo funciona la formación bonificada para empresas?

La formación bonificada para empresas, también conocida como formación programada o formación continua, es un sistema de financiación de la formación profesional en empresas en España. Está regulada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), anteriormente conocida como Fundación Tripartita. 

A continuación, te explico cómo funciona el proceso de formación bonificada: 

  1. Identificación de las necesidades de formación FUNDAE: La empresa realiza un análisis de las competencias y habilidades requeridas en su sector, así como las necesidades específicas de sus empleados. Esto puede hacerse a través de evaluaciones de desempeño, encuestas o identificación de brechas de conocimiento. 
  2. Planificación de la formación: Una vez identificadas las necesidades, la empresa elabora un plan de formación que incluye los objetivos de aprendizaje, los contenidos, las fechas de realización y el número de empleados que participarán en cada acción formativa. Este plan puede ser a nivel individual para cada trabajador o a nivel grupal para un conjunto de empleados. 
  3. Elección de un centro de formación: La empresa selecciona un centro de formación que esté acreditado y/o inscrito por FUNDAE. Existen numerosas opciones, como centros de formación privados, consultoras especializadas o incluso universidades y centros de educación superior. Es importante asegurarse de que el centro elegido cumpla con los requisitos y ofrezca la formación adecuada para cubrir las necesidades identificadas. 
  4. Comunicación a FUNDAE: Antes de que comience la formación, la empresa debe comunicar a FUNDAE los cursos o acciones formativas que va a realizar, indicando el número de trabajadores que participarán en cada una. Esta comunicación se realiza a través de la plataforma telemática habilitada por FUNDAE y debe hacerse dentro de los plazos establecidos. 
  5. Cálculo del crédito formativo: FUNDAE calcula el crédito formativo del que dispone la empresa. El crédito formativo o crédito FUNDAE es el importe máximo que se puede bonificar en las cotizaciones a la Seguridad Social para financiar la formación. Este crédito se basa en la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior. 
  6. Bonificación en las cotizaciones sociales: La empresa descuenta el importe de la formación bonificada de las cotizaciones sociales que debe abonar a la Seguridad Social. Es decir, se utiliza el crédito formativo para compensar los costos de formación. Esta bonificación se aplica de forma mensual, durante los periodos en los que se imparte la formación. 
  7. Realización de la formación: Los trabajadores participan en los cursos o acciones formativas seleccionadas y reciben la formación necesaria. Puede ser formación presencial, a distancia o en línea, dependiendo de la modalidad y características de cada curso. 
  8. Justificación de la formación: Una vez finalizada la formación, la empresa debe poder justificar ante FUNDAE que se ha llevado a cabo correctamente. Para ello, si se requiere debe presentar los documentos y registros justificativos, como los contratos de formación, los programas de los cursos, las listas de asistencia y los certificados de aprovechamiento o diplomas obtenidos por los trabajadores. Estos documentos deben conservarse durante un período de tiempo determinado por si fueran requeridos para una posterior inspección. 
  9. Aplicación de la bonificación: FUNDAE valida la justificación presentada por la empresa y aplica la bonificación correspondiente en las cotizaciones sociales. La empresa recibirá la bonificación en el momento de la liquidación de las cotizaciones sociales correspondiente al periodo en el que se realizó la formación. Es decir, se deduce el importe a pagar por parte de la empresa a la Seguridad Social en función del crédito formativo utilizado. 

Es importante destacar que el proceso de bonificación de la formación debe cumplir con los requisitos y plazos establecidos por FUNDAE. Algunos aspectos relevantes a tener en cuenta son: 

  • Los cursos o acciones formativas deben estar vinculados a las necesidades de la empresa y ser relevantes para el desarrollo profesional de los trabajadores. 
  • La formación bonificada está dirigida a empleados contratados por cuenta ajena, por lo que no es aplicable a autónomos ni a socios de sociedades mercantiles. 
  • La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social para poder acceder a la bonificación. 
  • Existe un límite máximo de bonificación FUNDAE por empleado y año, que varía en función del tamaño de la empresa. 
  • Es necesario conservar la documentación que justifique la realización de la formación y la bonificación aplicada durante un período de cuatro años, ya que FUNDAE puede realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de los requisitos. 

La formación bonificada para empresas es una excelente oportunidad para que las empresas inviertan en el desarrollo de sus empleados sin incurrir en costos adicionales significativos. Además, contribuye al fortalecimiento de las competencias y cualificaciones de los trabajadores, lo que a su vez mejora la competitividad de las empresas en el mercado laboral. 

Es importante tener en cuenta que las regulaciones y normativas relacionadas con la formación bonificada pueden cambiar con el tiempo, por lo que es recomendable consultar fuentes actualizadas y contar con el asesoramiento de expertos en la materia para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales vigentes. 

Cómo calcular el crédito FUNDAE

Como sabes, todas las empresas cuentan con un crédito destinado a la formación que pueden utilizar para obtener bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, como la bonificación FUNDAE.

Sin embargo, es importante destacar que algunas empresas pueden tener la percepción errónea de que pueden bonificar la totalidad del costo de la formación, cuando en realidad existen limitaciones. ¿A qué se debe esto? 

La Fundación Estatal establece el importe máximo que se puede bonificar por cada acción formativa a través de diferentes módulos económicos. Estos módulos se determinan en base a la especialidad, dificultad y metodología de la formación. De esta manera, se busca garantizar una adecuada relación entre los costos de la formación y las bonificaciones aplicables. 

Es necesario tener en cuenta estos límites establecidos por la Fundación Estatal al momento de planificar la formación, para evitar expectativas poco realistas respecto a la bonificación FUNDAE total del coste. Es importante considerar los módulos económicos correspondientes y comprender que la bonificación estará sujeta a dichos límites.

De esta forma, se promueve una gestión responsable y equitativa de la formación bonificada y los cursos bonificados FUNDAE, donde las empresas pueden aprovechar su crédito de formación dentro de los límites establecidos, garantizando así una inversión efectiva en el desarrollo de los empleados. 

Antes de aplicar la bonificación FUNDAE, debes comunicar la finalización del curso a través de la aplicación, desde su fecha de fin y, en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre. 

Para realizar este paso, deberás informar de: 

  • Los datos de los participantes que han finalizado la formación (que hayan realizado 75 % del curso). 
  • Los costes del curso (directos, indirectos y de organización). 
  • La cuantía y el mes en el que te vas a bonificar. 

La aplicación calculará el coste máximo por el cual te podrás bonificar, que será el menor de estos tres importes: 

  1. Crédito disponible 

Si el crédito disponible para la empresa durante el año en curso es inferior a los costes de la formación este será el que marque el máximo bonificable 

  1. Costes incurridos en el desarrollo de la formación 

Para que te hagas una idea de qué tipo de costes pueden ser contemplados en nuestras formaciones bonificadas, pueden ser de diferentes tipos: 

  • Directos: 
    • Retribución de formadores. 
    • Equipos didácticos y plataformas tecnológicas. 
    • Medios didácticos y/o adquisición de material didáctico. 
    • Aulas, talleres y superficies de formación. 
    • Seguro de accidentes de participantes. 
    • Transporte, manutención y alojamiento de participantes y formadores. 
  •  Indirectos: (máximo 10% del coste total de la acción formativa) 
    • Luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia, etc. 
    • Personal, instalaciones y equipos de apoyo. 
  • Organización: Si has encomendado la organización a una entidad externa. Este coste estará limitado a un 10% del coste total de la acción formativa (20% para empresas de 1 a 5 trabajadores, y 15% para empresas de 6 a 9). 
  1. Límite de costes
  • La aplicación calculará, en función de las características de la formación impartida, número de participantes y duración, un límite de costes para la acción. Este límite se calculará teniendo en cuenta el módulo económico máximo: 

Aquí tienes una tabla que muestra los importes máximos a bonificar por participante en función del nivel y modalidad del curso: 

Modalidad de Curso 

Nivel 

Importe Máximo a Bonificar por Participante 

Presencial o Aula Virtual 

Nivel Superior 

13€/h 

Presencial o Aula Virtual 

Nivel Básico 

9€/h 

Teleformación 

Todos los niveles 

7,5€/h 

Recuerda que estos importes representan los máximos permitidos para la bonificación FUNDAE por participante en cada modalidad y nivel de curso.  

Sin embargo, es posible que existan otros límites o requisitos adicionales que debas tener en cuenta, dependiendo de la normativa vigente y las particularidades de tu empresa. 

Un ejemplo: 

Imaginemos que la empresa decide realizar un curso de ventas de nivel superior para 10 de sus empleados, con una duración total de 40 horas. El coste del curso es de 18€ por hora por participante. 

Para calcular el máximo bonificable, realizamos la siguiente operación: 

40 horas x 10 alumnos x 13€ = 5.200€ 

Según esta operación, la empresa se podrá bonificar como máximo 5.200€ para este curso. Si el coste del curso es superior a este máximo bonificable, la empresa deberá asumir la diferencia. Por otro lado, si el importe del curso (incluyendo la formación y gestión) es igual o inferior al máximo bonificable, la empresa se podrá bonificar el 100% del coste del curso. 

Supongamos que el coste total del curso (formación y gestión) es de 4.800€, la empresa podrá bonificarse el 100% de ese importe, es decir, los 4.800€. 

Recuerda que estos cálculos son ejemplos hipotéticos y los valores reales pueden variar en función de los límites y normativas establecidas por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). 

Cómo impartir cursos bonificados FUNDAE

La formación bonificada se ha convertido en una herramienta invaluable para impulsar el desarrollo de las empresas y fortalecer las habilidades de sus trabajadores. ¿Te gustaría convertirte en un proveedor de formación bonificada y disfrutar de sus beneficios? ¡Aquí te presentamos todos los requisitos que debes cumplir para lograrlo! 

¿Quién puede impartir cursos FUNDAE?

¡La respuesta es amplia y flexible! Cualquier centro o entidad de formación que cumpla con la normativa vigente sobre formación programada por las empresas puede convertirse en un proveedor de cursos bonificables. Esto significa que tienes la posibilidad de ofrecer formación de calidad y contribuir directamente al crecimiento profesional de los trabajadores. 

Pero eso no es todo. Si prefieres gestionar la formación internamente, ¡también puedes hacerlo! El personal interno de las empresas que se encargue de administrar su propia formación puede convertirse en un centro de formación bonificada. Aprovecha la experiencia y los conocimientos de tus propios colaboradores para diseñar programas de formación adaptados a las necesidades específicas de tu empresa. 

Además, si eres una entidad organizadora que planifica la formación de otras empresas, ¡tienes una oportunidad aún mayor! Si actúas como centro de formación y estás inscrito en el Registro Estatal de Entidades de Formación, podrás ofrecer una solución integral a tus clientes. Organiza la formación y asegura la máxima calidad en todas las etapas del proceso. 

Pero ¿cuáles son las funciones de una entidad impartidora o centro de formación bonificada?

Antes de que comience el curso, tendrás la responsabilidad de diseñar y programar el contenido de manera estratégica, de modo que se enfoque en la adquisición y/o mejora de las competencias de los trabajadores. Así asegurarás que los cursos sean realmente relevantes y efectivos.

Durante el curso, es fundamental contar con docentes cualificados, con formación y experiencia en la materia específica del curso. La calidad de la formación debe ser una prioridad, por lo que deberás asegurarte de cumplir con las exigencias técnico-pedagógicas que garanticen una experiencia de aprendizaje de alto nivel. Además, te corresponsabilizarás del aprendizaje, seguimiento y evaluación de los alumnos, asegurando su progreso y éxito.

La seguridad y el bienestar de los participantes son aspectos clave. Deberás adoptar medidas de protección adecuadas, como contar con un seguro de accidentes para los participantes y una cobertura de responsabilidad civil ante terceros. De esta manera, brindarás un entorno de aprendizaje seguro y confiable para todos.

Al finalizar el curso, no te olvides de facilitar a los participantes un cuestionario de evaluación de calidad. Esto te permitirá recopilar valiosa retroalimentación y mejorar continuamente tus programas formativos. Además, deberás evaluar y comprobar la adquisición de competencias por parte de los trabajadores, garantizando así la efectividad de la formación. Por último, asegura la entrega del diploma o certificado de asistencia, reconocimiento tangible del esfuerzo y la dedicación de los participantes en su proceso de aprendizaje.

¿Qué requisitos debe tener la formación impartida para ser formación bonificada?

Ahora bien, para que la formación impartida pueda ser bonificada, es necesario cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, la formación debe estar estrechamente relacionada con la actividad de tu empresa. De esta manera, garantizamos que los conocimientos adquiridos sean directamente aplicables en el ámbito laboral, potenciando el rendimiento y el desarrollo de tus empleados.

En cuanto a la modalidad de impartición, podrás elegir entre la formación presencial, la teleformación o una combinación de ambas (modalidad mixta). Esto te brinda flexibilidad para adaptarte a las necesidades y preferencias de tus trabajadores, optimizando así su participación y aprovechamiento.

Es importante tener en cuenta que la duración mínima de cada curso debe ser de dos horas, sin exceder las ocho horas diarias, a menos que se imparta en una sola jornada. Esto garantiza una distribución adecuada del contenido y evita la fatiga o la sobrecarga de información.

El tamaño de los grupos también tiene un límite establecido. En la modalidad presencial, el número de participantes no debe exceder los 30 por grupo, lo que permite un enfoque más personalizado y una interacción efectiva entre el formador y los asistentes. En la modalidad de teleformación, el límite es de 80 participantes por tutor, lo que garantiza una atención adecuada a cada estudiante.

Una condición fundamental para la formación bonificada es que sea gratuita para los trabajadores. Esto implica que no se les puede cobrar ninguna tarifa o cuota por participar en los cursos. De esta manera, se fomenta el acceso igualitario a la formación y se elimina cualquier barrera económica para el desarrollo profesional.

Es importante tener en cuenta que no podrán bonificarse acciones de carácter informativo o divulgativo, como jornadas, congresos o seminarios. La formación bonificada se centra en programas que promuevan el aprendizaje y la adquisición de competencias específicas, generando un impacto directo en el desempeño laboral.

¿Qué centros deben estar inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación?

Para garantizar la transparencia y la calidad de los servicios de formación bonificada, es necesario estar inscrito en el Registro Estatal de Entidades de Formación. Si eres una entidad organizadora que imparte formación, o si eres un centro de formación contratado por entidades organizadoras, es fundamental contar con esta inscripción. Esto te brinda reconocimiento oficial y genera confianza en tus clientes.

¿Qué documentación debe conservar la entidad impartidora y facilitar a la empresa?

Finalmente, tanto tu empresa como la entidad de formación deberán conservar la documentación pertinente durante un período de 4 años. Esto incluye el currículum vitae y las acreditaciones del tutor o formador, las pruebas de evaluación, el control de asistencia (en caso de formación presencial), los cuestionarios de evaluación, los diplomas o certificados de asistencia, y las facturas detalladas. Mantener esta documentación en orden te permitirá cumplir con posibles requerimientos legales y administrativos en el futuro. 

Conclusión

¡Ahora que conoces todos los requisitos y beneficios de la formación bonificada, es hora de aprovechar esta valiosa herramienta para potenciar el crecimiento y el desarrollo de tu empresa! No dudes en dar el paso y convertirte en un proveedor de formación bonificada. Obtén ventajas competitivas, mejora el desempeño de tus empleados y maximiza el potencial de tu organización. 

Recuerda que realizar cursos bonificados FUNDAE es una inversión inteligente que te permitirá desarrollar las habilidades y conocimientos de tus empleados, aumentar su motivación y productividad, y promover un ambiente de trabajo más sólido y comprometido. 

No esperes más. Empieza a explorar las oportunidades que la formación bonificada ofrece a tu empresa. Cumple con los requisitos establecidos, elige un centro o entidad de formación confiable, y asegúrate de diseñar programas de capacitación de alta calidad que se alineen con las necesidades específicas de tu organización. 

Recuerda que el éxito de tu empresa radica en el talento y la capacidad de tus empleados. Aprovecha los cursos bonificados FUNDAE como una estrategia efectiva para impulsar su desarrollo y asegurar el crecimiento sostenible de tu negocio. 

Si deseas obtener más información sobre la formación bonificada o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

¡Invierte en el crecimiento de tu empresa a través de la los cursos FUNDAE y marca la diferencia en el panorama empresarial! 

Crédito FUNDAE 2023

El pasado día 27 de mayo se actualizó la información relativa a la plantilla media de  trabajadores del año 2022, la cuota de formación profesional y las cuentas de  cotizaciones facilitadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).  A partir de ese momento, tu empresa ya puede saber cuál es el crédito FUNDAE en 2023 real que le corresponde para realizar formación bonificada.

Qué es la actualización de créditos

Durante los primeros meses del año, los datos que aparecen en el aplicativo de Fundae respecto a plantillas medias de las empresas y cuota de formación profesional, del año anterior, están pendientes de validar, hasta que la TGSS realiza el proceso de actualización. Por lo que todavía estábamos trabajando con información propia del 2021

Eso suele ocurrir en el mes de mayo. En los últimos años se ha producido a finales de mayo. Algún año incluso en junio.

Qué comprobaciones realizar tras la actualización de crédito

Tras la actualización de los datos de cuota de formación profesional y plantilla como  resultado del cruce que se realiza con la Tesorería General de la Seguridad Social,  es recomendable hacer algunas comprobaciones dado que puede haberse producido variaciones y por tanto verse afectadas las formaciones realizadas o la reserva de crédito.

Algunos de los puntos críticos pueden ser: 

  • Incumplimiento de la cofinanciación privada por ampliación de plantilla media. Por ejemplo, una empresa de 3 trabajadores que ha pasado a 7 trabajadores, teniendo que cumplir el requisito de cofinanciación en un 5%.  
  • Crédito dispuesto mayor al asignado. Por ejemplo, una empresa que tras la actualización de créditos y plantilla media ha visto reducido el crédito de formación. La empresa tendrá que devolver la diferencia. 
  • Empresas con reservas de créditos. Por ejemplo. Una empresa que pasa de  47 a 52 trabajadores y marcó la casilla de reserva de créditos. Ya no tendrá  posibilidad de marcar la reserva de créditos. Y viceversa. Una empresa de 55. 

¿Entonces, qué crédito FUNDAE tiene mi empresa para realizar formación bonificada en 2023?

Todas las empresas ubicadas en España tienen derecho a realizar formación bonificada para sus empleados. Por ello disponen de un crédito anual para formación bonificada. El mínimo será de 420€ y máximo crédito Fundae 2023  dependerá de las cotizaciones relativas a la contingencia por formación profesional que hayan hecho durante el pasado año 2022 y el volumen de su plantilla: 

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420€. 
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada. 
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada. 
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada. 
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada. 

Por otro lado si tu empresa ha sido creada en el año en curso, el crédito resultará de multiplicar el número de trabajadores (de acuerdo con el primer boletín de cotización a la Seguridad Social) por 65 €. 

Este cálculo se aplica también si tu empresa fue creada en el año anterior (y por tanto no cotizó la totalidad de los meses del ejercicio), siempre y cuando el importe resultante sea más favorable que el que resulta aplicando el procedimiento general. 

El coste máximo financiable del grupo será el resultado de multiplicar el módulo económico correspondiente por el número de horas del curso y por el número de alumnos. 

La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio establece el crédito mínimo de formación. 

R&A BUSINESS TRAINING es una entidad acreditada por el Servicio Público de Empleo Estatal e inscrita en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) para impartir formación bonificada para empresas. 

Como consultores especializados en formación para empresas, nos encargamos de todo el proceso. Si necesita información sobre alguno de nuestros cursos o servicio de gestión de la bonificación de Fundae, ¡contacte con nosotros! 965 06 12 06. 

¿Qué es la formación bonificada?

¿Qué es la Formación Bonificada? | R&A BUSINESS TRAINING

¿QUÉ ES LA FORMACIÓN BONIFICADA?

La formación bonificada de FUNDAE es un sistema de financiación y gestión de la formación continua en España que permite a las empresas mejorar la cualificación de sus trabajadores y la competitividad de su negocio. A través de este sistema, las empresas pueden financiar la formación de sus trabajadores mediante la bonificación de las cotizaciones a la Seguridad Social.

La formación bonificada se financia a través de las cotizaciones a la Seguridad Social que realizan las empresas. Cada empresa cuenta con un crédito anual para financiar la formación de sus trabajadores, que se calcula en función del número de empleados y las cotizaciones a la Seguridad Social que haya abonado en el año anterior. Este crédito puede ser utilizado para financiar la formación de los trabajadores de la empresa, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se realicen los trámites necesarios para acceder a las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

PRINCIPALES VENTAJAS DE LA FORMACIÓN BONIFICADA

Una de las principales ventajas de la formación bonificada es que permite a las empresas adaptar la formación a las necesidades específicas de sus trabajadores y del negocio en general. Las empresas pueden elegir cualquier curso o programa que esté relacionado con el desempeño de las funciones de sus empleados o con la actividad de su negocio. Esto les permite mejorar la productividad y la eficiencia de sus trabajadores, lo que se traduce en una mayor rentabilidad para la empresa.

Otra ventaja importante de la formación bonificada es que está disponible para todo tipo de empresas, independientemente de su tamaño o sector de actividad.

CONDICIONES Y REQUISITOS PARA PODER ACCEDER A LA FORMACIÓN BONIFICADA

Es importante destacar que la formación bonificada está regulada por la Ley 30/2015 de Formación Profesional para el Empleo y el Real Decreto 694/2017 de 3 de julio. Estas normativas establecen las condiciones y requisitos que deben cumplir las empresas para acceder a la formación bonificada y cómo deben gestionar la formación continua de sus trabajadores.

Para poder acceder a la formación bonificada, las empresas deben seguir una serie de pasos y trámites. En primer lugar, deben identificar las necesidades formativas de sus trabajadores y diseñar un plan de formación que se ajuste a sus necesidades. Después, deben seleccionar los cursos y programas de formación que deseen realizar, asegurándose de que cumplen los requisitos para que la formación pueda ser bonificada y que sean impartidos por entidades acreditadas y/o inscritas.

Una vez seleccionados los cursos y programas de formación, las empresas deben comunicar a FUNDAE su intención de realizar formación bonificada y presentar una solicitud de crédito. Esta solicitud debe realizarse a través de la plataforma telemática de FUNDAE, cumpliendo con los plazos establecidos por la normativa.

Una vez que se ha averiguado que se cuenta con el crédito suficiente para financiar la formación, las empresas pueden empezar a realizar los cursos y programas de formación. Es importante que las empresas realicen un seguimiento y control de la formación, ya que FUNDAE ofrece herramientas para llevar un registro y control de la formación realizada por los trabajadores y de las bonificaciones obtenidas en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Además, las empresas deben asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos por la normativa para poder obtener las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Entre estos requisitos se encuentran la realización efectiva de la formación, la inscripción correcta de los trabajadores en los cursos y programas de formación, la acreditación de la asistencia y aprovechamiento de los trabajadores y la justificación de la realización de la formación ante la autoridad laboral.

En caso de que no se cumplan estos requisitos, las empresas pueden perder el derecho a las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social y ser sancionadas por las autoridades laborales. Por tanto, es fundamental que las empresas se informen y asesoren correctamente sobre los requisitos y obligaciones que deben cumplir para acceder a la formación bonificada y evitar posibles sanciones.

¿QUÉ ES LA FORMACIÓN BONIFICADA?

En resumen, la formación bonificada de FUNDAE es una oportunidad para que las empresas puedan mejorar la cualificación de sus trabajadores y la competitividad de su negocio, sin tener que realizar una inversión económica directa. A través de este sistema, las empresas pueden financiar la formación de sus trabajadores mediante la bonificación de las cotizaciones a la Seguridad Social y adaptar la formación a sus necesidades específicas.

Sin embargo, es importante que las empresas se informen y asesoren correctamente sobre los requisitos y obligaciones que deben cumplir para acceder a la formación bonificada y evitar posibles sanciones por incumplimiento de la normativa laboral. Por ello, en nuestra consultoría de formación para empresas ofrecemos un servicio integral para la gestión de la bonificación de Fundae. Si estás interesado en mejorar las competencias de tus trabajadores a través de la formación bonificada o programada, o si simplemente necesitas más información sobre qué es la formación bonificada, te animamos a que contactes con nosotros sin compromiso. 

Ventajas y desventajas formación online

Aunque la formación online o e-learning ya lleva entre nosotros bastante tiempo y para muchos es una opción habitual, todavía me sigo encontrando empresas / emplead@s que, aunque la conocen no la tienen en su mente a la hora de plantearse realizar una formación.

Todavía me sigo encontrando respuestas de este tipo:

Mis horarios son complicados, además tengo ciertas responsabilidades que hacen que muchos huecos los encuentre a horas en las que sería complicado realizar una formación de forma presencial.

El desplazarme a un centro de formación me supone un problema en tiempos y costes

No voy a poder asistir a algunas clases por lo que me voy a perder y seguramente desaprovechar la formación

Y es aquí donde les vuelvo a recordar la existencia de esta modalidad y de las 9 ventajas de realizar formación online:

  1.  Flexibilidad: No necesitas coincidir en tiempo y espacio con formadores y otros alumnos.
  2. Ahorro: En tiempo y costes de desplazamientos, por lo que permite más accesibilidad. Además, si esta formación es bonificada (te ayudamos a que así sea) mucho más ahorro…
  3. Mayor Autonomía: Tendrás mucha más autonomía, sobre todo si hablamos de formación para adultos como es el caso, el ritmo de la formación lo marcas tú.
  4. Conciliación: Te permite conciliar de una forma más fácil la parte familiar y la profesional.
  5. Seguimiento individualizado: Podrás llevar a cabo un aprendizaje y contar con un seguimiento individualizado por parte de los formadores.
  6. Mayor interactividad: Interactuarás de forma rápida con los contenidos y con el profesorado.
  7. Trabajo colaborativo: Podrás trabajar de forma colaborativa, ya sea con herramientas de comunicación síncrona como chats o aulas virtuales como asíncronas como mensajería, email, foros, etc.
  8. Más información: Tendrás a su disposición un amplio volumen de información y de recursos diferentes.
  9. Actualización de contenido: Al tratarse de medios digitales la actualización de los contenidos y su disponibilidad es inmediata para los alumnos.

Y como todo perfecto no podía ser y no lo es, evidentemente…, hay determinadas circunstancias que hacen que la modalidad online igual no sea la más adecuada, al menos en el sentido más estricto (hay variantes que podrían ayudar a resolver algunas de estas situaciones)

Estas son algunas de las que nos encontramos habitualmente:

  1. Falta de autodisciplina. Si no eres disciplinado puedes acusar la soledad que se puede sentir de determinados momentos y la falta de contacto físico con los docentes puede hacer que nos olvidemos de que están siguiendo nuestros progresos.
  2. Escasa cultura digital. Si eres de los que les cuesta la tecnología, igual hay que sumarle un plus extra de esfuerzo a la realización de un curso en esta modalidad.
  3. Calidad de los medios y recursos utilizados es deficiente, Aunque esto no es exclusivo de esta modalidad es un factor a tener en cuenta también.

Tanto si eres de los que habitualmente realizas formación online como de los que nunca ha utilizado esta modalidad te dejamos una selección de cursos online.

Recuerda que nuestro catálogo está en actualización permanente por lo que si la formación que vas buscando no la localizas no dudes en ponerte en contacto con nosotros (a través del 965 06 12 06 o cumplimentando el formulario de abajo) y te ayudamos con tu formación online.

Crédito de FUNDAE para formación bonificada en 2022

El pasado sábado, 7 de mayo de 2022, FUNDAE interrumpió su servicio para la actualización de plantillas y créditos de formación bonificada.

Una vez completado el proceso, ya se encuentra disponible la información relativa a la plantilla media de trabajadores del año 2021, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización facilitadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Por tanto, ya puedes conocer con exactitud el crédito Fundae 2022 con el que tu empresa cuenta para llevar a cabo tu plan de formación bonificada para este año.

¿QUÉ HAGO SI EN FUNDAE APARECEN LOS DATOS DE PLANTILLA MEDIA Y CUOTA DE FORMACIÓN PENDIENTES DE VALIDAR?

Si los datos de plantilla media de trabajadores y cuota de formación profesional aparecen pendientes de validar y la empresa no es de nueva creación en el ejercicio 2022, puede tratarse de un error en la mecanización del CIF o cuentas de cotización, o bien que la empresa haya sufrido algún cambio societario.

Si su empresa se encuentra en alguna de las situaciones anteriores, deberá acreditarlo ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), con el fin de que los datos de cuota y plantilla se asignen correctamente.

Recuerda consultar el buzón de comunicaciones disponible en la aplicación, ya que FUNDAE lo utiliza para facilitar información con objeto de garantizar la correcta aplicación de las bonificaciones.

¿ENTONCES, QUÉ CRÉDITO FUNDAE TIENE MI EMPRESA PARA REALIZAR FORMACIÓN BONIFICADA EN 2022?

Todas las empresas ubicadas en España tienen derecho a realizar formación bonificada para sus empleados. Por ello disponen de un crédito anual para formación bonificada. El límite del crédito Fundae 2022 dependerá de las cotizaciones relativas a la contingencia por formación profesional que hayan hecho durante el pasado año 2021 y el volumen de su plantilla:

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420€.
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio establece el crédito mínimo de formación.

R&A BUSINESS TRAINING es una entidad acreditada por el Servicio Público de Empleo Estatal e inscrita en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) para impartir formación bonificada para empresas.

Como consultores especializados en formación para empresas, nos encargamos de todo el proceso. Si necesita información sobre alguno de nuestros cursos o servicio de gestión de la bonificación de Fundae, ¡contacte con nosotros! 965 06 12 06.